viernes, 15 de junio de 2012

Condenaron a una prepaga a cubrir un tratamiento con botox

Para una paciente que padece paraplejía espástica

 

La justicia de Rosario ordenó a una empresa de medicina prepaga cubrir un tratamiento con botox para una mujer de 61 años que padece una enfermedad neurológica, aún cuando no forma parte del Programa Médico Obligatorio y se encuentra en fase de experimentación.
Así lo dispuso el juez en lo Civil y Comercial número 8 de Rosario, Luciano Juárez, quien argumentó que las empresas dedicadas a la salud "deben brindar asistencia integral a las personas asociadas que padecen discapacidad". La mujer sufre esclerosis múltiple y paraplejía espástica, ambas patologías incurables, y no presentaba ninguna mejoría hasta que el médico que la atiende le indicó la realización de un tratamiento con botox.
Pero, según consta en la causa, luego de la aplicación de tres ampollas y debido al buen resultado obtenido, el profesional le aconsejó continuar con ese tratamiento porque le había permitido mejorar su calidad de vida.
Pero la empresa de medicina prepaga del Sanatorio Plaza de Rosario se negó a cubrirlo, entonces la mujer decidió llevar su caso a la justicia.
El juez advirtió que "el Programa Médico Obligatorio no constituye una limitación para los agentes de salud sino que es la cobertura mínima que los afiliados pueden exigir". "Las actividades que realizan las empresas de medicina prepagas quedan comprendidas en la ley de Defensa del Consumidor", agregó el magistrado en su fallo.
La empresa de medicina prepaga había rechazado la implementación de ese tratamiento, argumentando el botox no está reconocido por el Ministerio de Salud de la Nación y que se encuentra en fase de experimentación.

  • 13/06/2012 12:19 | Agencia DyN, Rosario.-

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