sábado, 24 de marzo de 2012

Cinco tendencias para revolucionar el mundo laboral.-

5 claves para armonizar el trabajo y maximizar las potencialidades. 

Año tras año, las grandes empresas han optado por utilizar recursos más efectivos y productivos respecto de sus empleados y gestiones. Se trata de cinco nuevas tendencias que revolucionan el mundo laboral y que ya fueron incorporadas por 6 de cada 10 grandes empresas para mejorar su rendimiento profesional. Capacidad de influir en las personas; mejoras en la productividad personal; articulación de la generación Y con la generación X; beneficios en las políticas de maternidad: teletrabajo; y las estrategias para la prevención del estrés “son los nuevos puntos fuertes que las empresas líderes explotan al máximo para obtener mejores resultados y aumentar la eficiencia empresarial entre un 20 y un 30%.”, aseguró Lina De Giglio, directora de Capacitar Desarrollo Empresario.

1-Capacidad de influir en las personas. Cada vez son más los empresarios que toman cursos para aprender a influir en las personas, o bien, que envían a sus empleados a asistir a esta clase de capacitaciones. Desde pedir un aumento de sueldo a cerrar un negocio multimillonario, siempre se busca convencer al otro, sea un jefe, un empleado o un inversor. “La influencia busca consenso, se propone obtener un resultado que satisfaga las necesidades legítimas de ambas partes y para eso, requiere internalizar ciertas técnicas al trabajo diario”, afirmó De Giglio.

2-Mejorar la productividad. Las grandes empresas han comenzado a advertir que sus empleados mejoran su productividad laboral si tienen claro el objetivo y si se sienten cómodos y a gusto en su trabajo diario. A raíz de esto, las empresas se han volcado, por un lado, a planificar y comunicar eficientemente qué tareas se esperan de cada persona y con qué parámetros de calidad, y por otro, a monitorear a sus empleados para detectar rápidamente los desvíos y ayudarlos a volver al foco.

3-Articular la generación Y con la generación X. Cada vez son más las empresas que cuentan con empleados jóvenes, de entre 20 y 30 años, que se distinguen por una actitud desafiante y retadora. Ellos, constituyen la Generación Y, que contrasta en varios sentidos con sus jefes o gerentes. Frente a esto, tiene dos opciones: pelear con ellos o negociar.
“En el último tiempo, las empresas han implementado distintas consultorías y capacitaciones para que el adulto de Generación X o baby-boomer (de entre 30 y 50 años) comience a negociar con los Y, ya que esto es reconocer que ante nosotros tenemos una generación con más conocimientos, otros valores e ideales e incluso con una creatividad mucho más desarrollada”, sentenció Lina De Giglio.

4-Mejoras en las políticas de maternidad. En los últimos años, las grandes empresas han empezado a ofrecer a sus empleadas -embarazadas o en período de posparto- realizar el trabajo desde casa o con horario flexible. El teletrabajo se ha vuelto una herramienta muy útil para incrementar la productividad de la reciente madre, quien siente que puede dar respuesta a la demanda laboral, pero acomodándola a su nueva realidad: “no sólo porque se organiza para realizar sus tareas según su nueva agenda laboral-familiar sino porque la presión emocional de estar dividida o la sensación de estar en el lugar incorrecto en el momento presente desaparece, fortaleciendo su emocionalidad, permitiéndole hacer foco a lo que la convoca y a la vez, cumplir con todas sus obligaciones”, afirmó De Giglio, que es madre de trillizos y una mujer profesional sumamente exitosa.

5-Estrategias para la prevención del estrés. El estrés es uno de los principales problemas del siglo XXI. Grandes compañías, atentas a esta nueva enfermedad, ya han implementado estrategias para prevenirla y con buenos resultados aumentan la productividad laboral. Desde yoga, pases free para ir al gimnasio, entradas a centros recreativos y hasta espacios de reflexión sobre la felicidad o el sentido de la vida, organizados a través de la Gerencia de Capacitación o de la Gerencia de Desarrollo son algunos de los recursos más utilizados.

“Aún cuando las organizaciones estén conscientes de estos aspectos, a raíz de los compromisos adquiridos el ritmo laboral muchas veces se desmadra. Por eso, cada jefe deber hacerse responsable de cómo minimizar el estrés de su grupo de trabajo y el suyo propio, teniendo plena conciencia de los compromisos que puede asumir y del desarrollo emocional de cada empleado en el momento que transita”, concluyó De Giglio.

Varias clínicas del conurbano ya cobran copagos.-

Por una consulta, piden $ 20. Por un estudio simple, el monto puede ser mayor. Y si el médico pide una resonancia o tomografía, el copago puede llegar a los $ 50. Son los montos que varias clínicas y sanatorios le están cobrando a los afiliados de las prepagas, como parte de una medida de fuerza para exigir un aumento en lo que les pagan por sus servicios. Entre la sorpresa y la indignación, los pacientes pagan, pero la mayoría dice que pedirá el reintegro porque, según los contratos firmados, deberían atenderlos sin pedirles ningún pago adicional.
La protesta de las clínicas empezó el miércoles y ya afecta a miles de pacientes, especialmente en el Gran Buenos Aires. En una recorrida por el oeste del conurbano, Clarín comprobó que cuatro grandes centros de salud ya cobran entre 10 y 50 pesos para todas las consultas y prácticas ambulatorias. Son el San Juan de Dios (Ramos Mejía), Corporación Médica (San Martín), Bessone (San Miguel) y Clínica Modelo de Morón, que atienden a afiliados de Medicus, Omint, Swiss Medical, Galeno y Docthos, entre otras prepagas.
“Estamos en estado de alerta. Algunas clínicas ya implementaron los copagos y otras están ajustando sus sistemas para hacerlo pronto”, confirmó Jorge Cherro, presidente de Adecra, la cámara que agrupa a los sanatorios independientes. Según el empresario, si no les dan una solución, en los próximos días habrá copagos en más de 30 centros que atienden a más de 15 mil personas por día en Capital, el conurbano, Córdoba y Rosario.
El jueves, Eliana Obredor (59) fue al hospital San Juan de Dios y se encontró con la sorpresa: le pidieron $ 25 para atenderse con un especialista en columna. Ayer volvió para ver a un gastroenterólogo y le pasó lo mismo. “En dos días pagué 50 pesos”, se quejó al salir, y dijo que va a ir a Medicus para que se los devuelvan. “La gente reaccionaba contra las empleadas, pero ellas no tienen la culpa”, agregó Ramón Akerman, su marido.
El desconcierto también reinaba en la Clínica Modelo de Morón, que cobra los copagos desde ayer para “mantener la calidad médica”, según explicó la empresa en una serie de carteles. Para un análisis de laboratorio piden $ 15, para una consulta $ 20 y para diagnósticos por imágenes $ 40.
“Ya pago una fortuna para tener Galeno, lo único que faltaba era que cobren un extra por cada consulta”, se indigna una señora que espera en la guardia. Poco después, sale de un consultorio Solange Tagliavini (27), una vecina de Castelar que tuvo que pagar el copago para que la vea un médico clínico. “Debería ir a Swiss Medical a que me devuelvan los 22 pesos, pero no tengo tiempo”, dice.
En la Corporación Médica San Martín, los coseguros rigen desde el martes y afectan a los afiliados de diez coberturas.
Por su parte, la Clínica Bessone de San Miguel cobra desde el miércoles adicionales de hasta $ 50. “Si puede, espere unos días a que se solucione el conflicto”, recomiendan a quien llama para pedir un turno.
Esa resolución, de hecho, podría estar cerca. Según Cherro, las clínicas están “muy expectantes” por la reunión que tendrán el lunes las prepagas en la Secretaría de Comercio Interior. Y es que allí el Gobierno podría autorizar el aumento de cuotas que permitiría la actualización de aranceles que reclaman.
“Llevé a mi hijo al San Juan de Dios y me cobraron $ 25. LA verdad que me parece un exceso, con la fortuna que ya pago para tener a mi familia en Omint”, consideró Darío Amigo, un vecino de Villa Luzuriaga. De nuevo en su casa, hizo el reclamo y le pidieron ir a una sucursal a tramitar el reintegro. Dice que siente bronca: “Me molesta que, por una pelea entre empresas, yo tenga que perder tiempo en ir a que me devuelvan algo que nunca me tendrían que haber sacado”.
Clarin
Martín Grosz

El gobierno aprobaría aumento del 5,5% en medicina prepaga.-

La semana próxima quedaría solucionado el conflicto entre las clínicas y las empresas de medicina prepaga, que se convirtió en una amenaza para los afiliados al sistema. Según fuentes del sector, el Gobierno aprobaría un incremento del 5,5% en las cuotas, que está pendiente desde agosto pasado; el aumento, admitió Sergio Belocopitt, CEO y accionista principal del grupo Swiss Medical, es «fundamental» para el sector.
Quien debe aprobar el incremento de cuotas -que los empresarios usarán casi en su totalidad para pagar la suba salarial pactada en la paritaria de agosto con el gremio de la Sanidad- es el superintendente de Salud, Ricardo Bellaggio. Pese a que este funcionario depende del ministro de Salud, Juan Manzur, quien detuvo la aplicación del aumento de cuotas que debía regir a partir del 1 de febrero, fue el omnipresente secretario de Comercio Interior Guillermo Moreno.
El poderoso funcionario le encomendó a Bellaggio que, antes de permitir la suba del 5,5% en las cuotas, exigiera a las empresas un detallado informe sobre su estructura de costos; las prepagas cumplieron en tiempo y forma, pero hasta la fecha no se produjo la aprobación oficial.
Ante esta situación Jorge Cherro, presidente de ADECRA (la cámara que reúne a clínicas, laboratorios, centros de medicina ambulatoria, etc.), emitió un comunicado en el que informaba que se iban a cobrar «copagos» a los afiliados de las prepagas, ante la negativa de éstas a aumentar los honorarios que les abonan por consultas, tratamientos, análisis e internaciones.
Esos copagos también deben ser aprobados por la Superintendencia de Salud, por lo que -pese al anuncio de la entidad- eran tan inaplicables como los aumentos de cuota. Claramente, los dueños de clínicas y laboratorios («prestadores», en la jerga del sector) decidieron llamar la atención con un anuncio que a priori no podía ser llevado a la práctica. De hecho, ningún afiliado de prepaga debió abonar monto extra alguno estos días.
«No entendemos por qué los prestadores hicieron lo que hicieron; en lugar de ir a Comercio o a la Superintendencia, nos culpan a nosotros de que no les alcanza la plata. A nosotros, con estas cuotas, tampoco», se encrespa Belocopitt. Agrega que «los usuarios no tienen nada que ver en esta pelea, pero los quisieron poner en el medio, sin sentido».
Cabe apuntar que las empresas de medicina prepaga están divididas en dos cámaras: CIMARA, que representa a las más grandes, y ADEMP, que nuclea a las medianas y chicas. Swiss Medical, sin embargo, no está en ninguna de ellas: hace un tiempo Belocopitt decidió retirarse de CIMARA, disconforme con algunas decisiones de la cámara. Un rumor indica que, ante lo crítico de la situación que atraviesa el negocio, ambas cámaras estarían negociando una fusión, y convencer a Belocopitt de que retorne; después de todo, Swiss Medical tiene cerca del 20% del mercado, y es por lejos el jugador más importante.
En la actualidad hay unos 5,5 millones de afiliados al sistema de medicina privada, de los cuales -en números redondos- cerca de un millón y medio paga la cuota mensual en forma directa; los otros cuatro millones están en el sistema a través de acuerdos entre sus empleadores o sus sindicatos y las empresas del sector. Y dado que la cuota es un porcentaje de sus salarios, la suba de la cuota se produce automáticamente cada vez que se les aumenta el sueldo.
Cherro, el representante de los prestadores, había tenido ya un encontronazo con Moreno a mediados del año pasado, cuando el funcionario los amenazó con aplicar la Ley de Abastecimiento si -por no llegar a un acuerdo con los empresarios- les cortaban el servicio a los afiliados. En esa reunión se informó que estaban negociando un aumento del 30% con las empresas (15% en agosto, otro 15% en diciembre); sin embargo, quedó un resto del 5,5% impago, que es lo que está en cuestión por estas horas.
Por: Sergio Dattilo
Ambito Financiero

Moreno recibirá a las prepagas y daría respuesta al pedido de autorización para subir las cuotas.-

El secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, convocó a una reunión el lunes próximo a directivos del sector de la medicina prepaga. En el encuentro, del que participará el superintendente de Servicios de Salud, Ricardo Bellagio, se daría una respuesta al pedido de autorización que las empresas hicieron a principios de febrero, para incrementar las cuotas de los afiliados .
Es una suba que sería, en promedio, del 5,5% y que, según las prepagas, se justifica por la variación de los costos que le significó al sistema el incremento salarial acordado con el sindicato de la sanidad el año pasado: la última etapa de esa recomposición de los ingresos laborales se cumplió en febrero pasado.
En rigor, esos salarios son pagados por las entidades prestadoras, de las cuales una parte son propiedad de las propias prepagas y otra parte son clínicas, sanatorios y centros de diagnóstico independientes. Tal como informó ayer LA NACION, este último grupo de empresas advirtió -desde una entidad que las reúne- que, ante la falta de una mejora en los aranceles que les abonan las prepagas, cobrarían copagos a los pacientes cada vez que requieran atención. Las prepagas no otorgan una suba de aranceles porque dicen necesitar el alza de cuotas que el Gobierno aún no autorizó.
Ayer, según pudo saber LA NACION, desde el Gobierno se les advirtió a las clínicas que serían sancionadas en caso de aplicar ese cobro de adicionales, considerados ilegales si no están explícitamente contemplados en los contratos con los afiliados.
Ahora, en el sector prestador esperarán a ver las novedades que surjan de la reunión con Moreno. Fuentes de la Superintendencia de Servicios de Salud señalaron ayer que no hubo reclamo alguno de pacientes por el cobro de copagos, a la vez que una recorrida de LA NACION permitió observar que ayer no se produjo ese cobro de adicionales, al menos en forma generalizada.
El presidente de la Asociación de Clínicas, Sanatorios y Hospitales Privados (Adecra), Jorge Cherro, sostuvo que en los casos en que a un paciente se le cobre un adicional podrá reclamar el reintegro a la prepaga. Señaló además que en ningún caso habría abandono de persona, ya que la atención de urgencias y emergencias estaría garantizada sin la exigencia del pago de un extra.
En declaraciones radiales, Cherro dijo que los cobros comenzarán “en los próximos días” e insistió en que las entidades prestadoras están desbordadas por el desfase entre sus ingresos y los gastos que afrontan. Por eso, reclamó que desde el Gobierno “se pongan los pantalones largos” y resuelvan el problema.
“La situación nunca fue tan crítica como ahora”, señaló otro referente del sector, que afirmó que las obras sociales de los sindicatos (el otro gran sector financiador de la salud) fueron mejorando los aranceles a su cargo, porque reciben más dinero gracias a los aumentos de salarios acordados por convenios. Según el directivo, el sector privado hoy tiene márgenes acotados para hacer las inversiones necesarias, una situación a la que se suman las complicaciones burocráticas que en los últimos tiempos aparecieron para la compra de insumos e instrumental importados.
Por su parte, el director ejecutivo de la Cámara de Instituciones Médico Asistenciales (Cimara), Federico Díaz Mathé, aseguró que en caso de que las clínicas pidan un copago a los pacientes, las prepagas garantizarán que puedan atenderse gratuitamente en otro centro asistencial, o bien realizarán el reintegro de lo abonado. Señaló que el tema no es algo generalizado: “Son algunas clínicas y sanatorios en algunas localidades que violan el contrato con las prepagas”, dijo.
Otras fuentes del sector no descartaron la posibilidad de cortes de servicios a las prepagas.
Estructura de costos
Según fuentes de la Superintendencia, en la reunión del lunes se presentará la metodología para la presentación de estructuras de costos que tendrán que seguir de ahora en más las entidades que venden planes de salud cada vez que busquen aumentar las cuotas. Pero más allá de eso, las compañías esperan una respuesta para ver si podrán aplicar la suba de precios que habían previsto ya para febrero, y que quedó en suspenso luego de una convocatoria que hizo Moreno ese mismo mes.
La intervención del Estado en los valores de los planes de salud fue dispuesta por la ley de regulación de la actividad, aprobada en mayo del año pasado por el Congreso. La norma aún está siendo reglamentada en los aspectos prácticos por las autoridades de aplicación: la Superintendencia y Comercio Interior.
En los últimos años, si bien sin regulación formal, Moreno ya tomaba parte en el tema, y en la práctica era quien autorizaba las subas. Ahora tiene esa atribución formalmente.
La norma regulatoria indica que, antes de cobrar un ajuste, las empresas deberán presentar al Gobierno cuáles fueron las variaciones en los costos, para evaluar el caso. Además, quedaron limitadas las subas a los afiliados por razones de edad (no las justificadas por la inflación de costos), cuando se trata de personas que tienen 65 años o más.
Tironeos
Costos. Las clínicas y sanatorios reclaman un aumento de los aranceles que les cobran a las prepagas para hacer frente a la última etapa de un aumento salarial, que se cumplió en febrero.
Traslado. Las prepagas afirman que no pueden dar esa suba de aranceles si no trasladan el mayor costo a sus afiliados; por eso pidieron la autorización del Gobierno para incrementar los precios de sus planes de salud en un 5,5 por ciento.
Adicionales. Ante ese estado de cosas, la asociación de clínicas privadas, Adecra, advirtió que las entidades prestadoras comenzarán a cobrar copagos a los pacientes cada vez que se atiendan.
Advertencia. Desde la Superintendencia de Servicios de Salud se les dijo a las clínicas que la aplicación de copagos es ilegal si esos adicionales no se previeron en los contratos con los afiliados.
Convocatoria. El secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, decidió ayer citar para el lunes a directivos de las empresas de medicina prepaga, que esperan obtener respuesta al pedido de autorización para incrementar el valor de las cuotas.
Por Silvia Stang  | LA NACION

¿Cómo es el trabajo temporal en la actualidad?

No hay que plantear al trabajo temporario como una alternativa precaria. 


El trabajo temporario actual, organizado a través de agencias, no es tan antiguo aunque el trabajo temporario si lo es, siempre existió y es aun muchisimo mas antiguo que el trabajo estable. En Argentina el trabajo temporario siempre existió. No es una alternativa precaria y mucho menos fraudulenta, la realidad es así, por más que se la intente negar. Hay trabajos que duran poco tiempo y hay que hacerlos con eficacia como cualquier trabajo permanente. Hoy el trabajo temporario representa un pequeño porcentaje del total del empleo.

Antes, no hace mucho, ese pequeño porcentaje de trabajo temporario eran “trabajos en negro” porque no existían normas específicas. Sí. El personal no era registrado, no tenía derechos, no estaba protegido, cobraba en negro tal como si se tratase de una “changa”, sin “empleador”, de la que nadie se haría responsable pues todo riesgo, perdida de derechos, reclamo de salarios, etc. corría por cuenta del trabajador y de su “aparente autonomía”.

Este empleo eventual o temporario como mecanismo de trabajo estaba abandonado por las normas y las prácticas éticas y padecía todos los síntomas del abuso y la explotación.

Alguien debía ocuparse de administrar profesionalmente estas tareas temporarias convirtiéndolas en transparentes formas de empleo digno o, como dice el slogan de FAETT, de administrar ese “puente hacia el empleo permanente”. A fines de los ´80 el Estado se ocupó de proyectar esas normas y el poder Legislativo aprobó los cambios necesarios para dar legitimidad y transparencia a esta modalidad de empleo.

LAS EMPRESAS DE SERVICIOS EVENTUALES

Para ser una empresa de servicios eventuales, hoy, se deben “pasar muchos exámenes” entre formales, prácticos e institucionales y económicos al depositar una gran suma de dinero en garantías. Para ejercer esa actividad no se “admiten simuladores o improvisados” ya que será necesario contar con una estructura de profesionales, sistemas e informática de alto desarrollo en red con sucursales, una administración de personal hiperespecializada en liquidación de sueldos y relaciones laborales, ejecutivos capacitados en venta consultiva, financiamiento propio, acceso a bases de datos de personal calificado, poder de convocatoria para capturar postulaciones, responsabilidad patrimonial para hacer frente a posibles demandas y conflictos, expertisse en el tratamiento de temas específicos del derecho laboral y mucha, muchísima información actualizada sobre los movimientos sensibles de la política, la economía y lo social, nacional e internacional.

El empleo temporario, en Argentina, corrió la misma suerte que la generación de empleo permanente, en cuanto al volumen de su crecimiento, fue casi paralelo a éste. Pero ocupando un porcentaje pequeño del total del empleo. Nuestro país es uno de los que mantiene una relación mas baja entre empleo permanente y temporario, si se lo compara con otros países de la región o EEUU y Europa pero en ningún caso el trabajo temporario tiende a sustituir al trabajo permanente pues sus proporciones comparadas son muy pequeñas.

En 2010 según datos de la Encuesta Permanente del INDEC entre las Empresas de Servicios Eventuales, el universo de trabajadores eventuales se acerca a los 90.000 aunque para que dia a dia existan esos 90.000 deben registrarse cerca de 400.000 puestos de trabajo cubiertos al año o que se “mueven” entre las altas y bajas que se producen durante un año.

Este número inmenso no esta señalando solo la cantidad de trabajadores temporarios empleados sino la cantidad de trabajadores que al ingresar como temporarios acceden a trabajos permanentes. Sí, mas del 40% de los trabajadores que ingresan como eventuales o temporarios permanecen en puestos efectivos.
Las Empresas de Servicios Eventuales proveen al mercado mucho más que servicios eventuales.

Proveen una verdadera red de empleo ágil y dinámica con capacidad para ordenar el flujo de trabajadores y sus especialidades a mas de 11.000 empresas entre grandes, medianas y pequeñas en todo el territorio nacional.

Amenazan con cortar la atención a afiliados de las prepagas

El secretario de Comercio Interior Guillermo Moreno no permite aumentar a las prepagas. El monto por el que se discute es del 5,5%, y forma parte de los acuerdos salariales de 2011. Las empresas se niegan a pagar más a sus prestadores. Las clínicas y sanatorios amenazan con suspender desde mañana los servicios a los afiliados a las medicina privada.
El panorama es complejo y tiene como punto destacado que a partir de mañana los afiliados a las prepagas encontrarán inconvenientes para ser atendidos en algunos centros de salud que no son propiedad de las prepagas.
“Desde hace no menos de 15 días que esperamos una respuesta por parte de las prepagas y no tenemos nada. Las compañías ya fueron advertidas de que esto iba a ocurrir y ahora llevaremos a cabo la medida”, sostuvieron los prestadores a El Cronista.
La puesta en marcha de este plan tendrá distintas frecuencias, y se irá sucediendo a lo largo de toda la semana en forma progresiva. La idea es que se repita en caso de que durante los próximos días no obtengan una respuesta positiva.
Tendrá como epicentro entre 25 y 30 centros de salud (entre clínicas, sanatorios y centros de diagnóstico), es decir aquellos que concentran el mayor caudal de pacientes.
De acuerdo con los tiempos que había dispuesto en su momento el propio Gobierno, los plazos ya se corrieron.
El secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, había solicitado a las empresas de medicina prepaga que presentara un informe completo con su estructura de costos, de modo de estudiar caso por caso y “aprobar o no” el alza en las cuotas.
El plazo para cumplir con esto era el 17 de febrero, y luego Moreno se tomaría un lapso máximo de 15 días para determinar los incrementos. Esa documentación fue enviada por las compañías, aunque todavía no recibieron novedades el respecto.
Si se hubieran respetado los tiempos pactados en un comienzo, las subas en las cuotas “y como consecuencia las tarifas que cobran los prestadores a las prepagas” habrían comenzado a correr entre fines de marzo y comienzos de abril.
En medio de esto, durante los últimos días los prestadores intentaron que las prepagas les entregaran esa suba, mientras aguardaban por el visto bueno del Gobierno. Pero esa propuesta tampoco tuvo éxito, por lo que ahora se avanzó con las medidas de fuerza.
Las últimas reuniones del sector de la Salud con Moreno, en febrero pasado, se realizaron en tres tandas. De la primera participaron la Cámara de Instituciones Médico Asistenciales y OSDE, en tanto que a la segunda asistieron la Asociación de Entidades de Medicina Privada (Ademp) y los hospitales de comunidad. Luego fue el turno de los proveedores de las empresas de medicina privada.
Martes, 20 de Marzo de 2012 12:14
Fuente: agencias/cronista/www.visionfederal.com

Gobierno aprobaría aumento del 5,5% en medicina prepaga-

La semana próxima quedaría solucionado el conflicto entre las clínicas y las empresas de medicina prepaga, que se convirtió en una amenaza para los afiliados al sistema. Según fuentes del sector, el Gobierno aprobaría un incremento del 5,5% en las cuotas, que está pendiente desde agosto pasado; el aumento, admitió Sergio Belocopitt, CEO y accionista principal del grupo Swiss Medical, es «fundamental» para el sector.
Quien debe aprobar el incremento de cuotas -que los empresarios usarán casi en su totalidad para pagar la suba salarial pactada en la paritaria de agosto con el gremio de la Sanidad- es el superintendente de Salud, Ricardo Bellaggio. Pese a que este funcionario depende del ministro de Salud, Juan Manzur, quien detuvo la aplicación del aumento de cuotas que debía regir a partir del 1 de febrero, fue el omnipresente secretario de Comercio Interior Guillermo Moreno.
El poderoso funcionario le encomendó a Bellaggio que, antes de permitir la suba del 5,5% en las cuotas, exigiera a las empresas un detallado informe sobre su estructura de costos; las prepagas cumplieron en tiempo y forma, pero hasta la fecha no se produjo la aprobación oficial.
Ante esta situación Jorge Cherro, presidente de ADECRA (la cámara que reúne a clínicas, laboratorios, centros de medicina ambulatoria, etc.), emitió un comunicado en el que informaba que se iban a cobrar «copagos» a los afiliados de las prepagas, ante la negativa de éstas a aumentar los honorarios que les abonan por consultas, tratamientos, análisis e internaciones.
Esos copagos también deben ser aprobados por la Superintendencia de Salud, por lo que -pese al anuncio de la entidad- eran tan inaplicables como los aumentos de cuota. Claramente, los dueños de clínicas y laboratorios («prestadores», en la jerga del sector) decidieron llamar la atención con un anuncio que a priori no podía ser llevado a la práctica. De hecho, ningún afiliado de prepaga debió abonar monto extra alguno estos días.
«No entendemos por qué los prestadores hicieron lo que hicieron; en lugar de ir a Comercio o a la Superintendencia, nos culpan a nosotros de que no les alcanza la plata. A nosotros, con estas cuotas, tampoco», se encrespa Belocopitt. Agrega que «los usuarios no tienen nada que ver en esta pelea, pero los quisieron poner en el medio, sin sentido».
Cabe apuntar que las empresas de medicina prepaga están divididas en dos cámaras: CIMARA, que representa a las más grandes, y ADEMP, que nuclea a las medianas y chicas. Swiss Medical, sin embargo, no está en ninguna de ellas: hace un tiempo Belocopitt decidió retirarse de CIMARA, disconforme con algunas decisiones de la cámara. Un rumor indica que, ante lo crítico de la situación que atraviesa el negocio, ambas cámaras estarían negociando una fusión, y convencer a Belocopitt de que retorne; después de todo, Swiss Medical tiene cerca del 20% del mercado, y es por lejos el jugador más importante.
En la actualidad hay unos 5,5 millones de afiliados al sistema de medicina privada, de los cuales -en números redondos- cerca de un millón y medio paga la cuota mensual en forma directa; los otros cuatro millones están en el sistema a través de acuerdos entre sus empleadores o sus sindicatos y las empresas del sector. Y dado que la cuota es un porcentaje de sus salarios, la suba de la cuota se produce automáticamente cada vez que se les aumenta el sueldo.
Cherro, el representante de los prestadores, había tenido ya un encontronazo con Moreno a mediados del año pasado, cuando el funcionario los amenazó con aplicar la Ley de Abastecimiento si -por no llegar a un acuerdo con los empresarios- les cortaban el servicio a los afiliados. En esa reunión se informó que estaban negociando un aumento del 30% con las empresas (15% en agosto, otro 15% en diciembre); sin embargo, quedó un resto del 5,5% impago, que es lo que está en cuestión por estas horas.
Fuente: Ambito.com

Advierten que las obras sociales no rindieron cuentas por $ 689 millones.-

Entre 1999 y 2010, la APE les había adelantado $ 1200 millones en subsidios por prácticas médicas.-

La Administración de Programas Especiales (APE) mantiene con el sistema de salud una deuda de $ 689 millones por montos que todavía no rindió o que debe devolver y no lo hizo.
El dato surge del último informe que elaboró la Auditoría General de la Nación (AGN), y que debatirá y seguramente aprobará en su reunión de la próxima semana.
El informe, al que tuvo acceso LA NACION, detalla irregularidades de todo tipo, que para la AGN acarrean un “perjuicio fiscal” para el Estado, por lo que reclama “identificar responsabilidades” por eso.
La defraudación al Estado es por cifras millonarias, acordes con las que maneja APE, el organismo encargado de reintegrar fondos a obras sociales sindicales por tratamientos de alta complejidad. Para eso la entidad recibe el 15% de los recursos que los trabajadores aportan a su obra social.
El dato más escandaloso es que desde 1999 hasta 2010 (el período que auditó la AGN) APE les adelantó subsidios a las obras sociales por $ 1200 millones (a cuenta de las prestaciones y tratamientos que ellas otorgarían), pero ellas sólo rindieron cuentas por el 34% de ese monto ($ 405 millones), mientras hay un 57% ($ 689 millones) por el que no presentaron los avales o documentación correspondiente. Según el informe de la AGN, hay otro 5% que las obras sociales tuvieron que devolver y un 4% de montos revocados.
Entre las obras sociales que no rindieron cuenta de los subsidios que recibieron, el ranking lo encabezan la del sindicato de empleados de comercio, la del personal civil de la Nación, la de bancarios y sanidad.
En 2008, con la gestión de Graciela Ocaña en el Ministerio de Salud, el sistema empezó a cambiar, y en vez de subsidios anticipados de APE las obras sociales debían reclamar el dinero vía reintegros, después de dar la prestación y presentando los comprobantes. Sin embargo, en 2009, con la salida de Ocaña, se volvió al modelo anterior, y el monto pendiente de rendición creció más de $ 150 millones en poco más de un año.
“La AGN confirma todas las denuncias que yo hice y que determinaron mi salida del Ministerio de Salud”, dijo Ocaña anoche, consultada por LA NACION. También adelantó que pedirá que se conforme en el Congreso una comisión investigadora, que de paso proponga un sistema más transparente de reintegros.
Plagado de detalles y casos más que curiosos, el informe de la auditoría critica, por ejemplo, las inconsistencias en la carga de datos de los beneficiarios: dice que aparecen pacientes diferentes con el mismo DNI y a la inversa, variaciones del mismo nombre y mismo DNI con diferente sexo o fecha de nacimiento, entre otras.
No es la única irregularidad vinculada al área de sistemas de APE, a cargo de Christian Asorey, pareja de Valeria Salerno, hijastra del líder de la CGT, Hugo Moyano, y uno de sus hombres en el organismo.
Entre los detalles insólitos, la auditoría señala que 112 beneficiarios de supuestas prácticas médicas habían fallecido antes de la fecha en que se las hicieron, y hay muchos otros casos donde no se consigna la edad del afiliado. Es un dato central, porque, por ejemplo, hay beneficiarios de hasta 178 años de edad que figuran reclamando la ayuda de APE.
El informe también habla de troqueles de medicamentos falsificados, informes de médicos sin matrícula y reclamos por discapacidad sin ningún profesional que los avale.
La AGN también hizo un ranking de las obras sociales que presentan más reclamos ante APE según su cantidad de afiliados. Lo lidera el sindicato de choferes de colectivos (con un reclamo por cada 92 afiliados) seguido por el de camioneros (con uno por cada 122 socios). En el otro extremo, el gremio del personal rural presenta un pedido por cada 694 afiliados.
A lo mejor por eso, en el capítulo dedicado al mal de Chagas, llama la atención que hay sólo doce pedidos de ayuda para prevenir la enfermedad, un mal endémico y muy frecuente en nuestro país.
57%
Dinero sin rendir cuentas

Es el porcentaje del dinero que APE recibió en subsidios desde 1999 y que todavía no pudo justificar..
Fuente: La Nacion.

Barren a Moyano del reparto de fondos para las obras sociales

La influencia de Hugo Moyano en el reparto de fondos para las obras sociales terminó de esfumarse esta semana. En silencio, el Gobierno echó a dos directivos de la Administración de Programas Especiales (APE) que reportaban al camionero. De este modo, puso fin al monitoreo que tuvo a disposición de manera ininterrumpida el jefe de la CGT en los últimos años sobre el organismo encargado de distribuir recursos por 1.200 millones de pesos al año.
El despido de Christian Asorey, yerno de Moyano, y de Hugo Sola, un asesor del sindicato de camioneros que en los hechos manejaba la APE desde hacía varios años -con o sin cargo formal- fue resuelto por la exdiputada santacruceña Liliana Korenfeld, nueva gerente general de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), bajo cuyo control quedaron la estructura y los fondos de la APE la semana pasada.
La maniobra coincide con una restricción al máximo de la distribución de recursos de la entidad. La APE es el organismo encargado de reembolsarles a las obras sociales el valor de los tratamientos médicos más costosos (sida, cáncer y hemofilia, entre otros) y su presupuesto se nutre de aportes especiales realizados por las propias organizaciones de salud de los gremios.
Reclamo
Esos aportes constituyen el Fondo Solidario de Redistribución (FSR), que acumula en la actualidad más de 13 mil millones de pesos. Es decir, más de diez veces el presupuesto de la APE. Esos excedentes son objeto de permanente reclamo por parte de los sindicalistas, incluso de aquellos que cuestionan el liderazgo de Moyano.
El destino de los fondos fue uno de los ejes del almuerzo que el camionero compartió ayer con los dirigentes que le responden en la sede de la CGT. Y también será, junto con la falta de respuesta del Gobierno a la demanda por un cambio en el Impuesto a las Ganancias, bandera de la próxima reunión del Consejo Directivo de la central obrera, convocada para el martes que viene.
Algunos comensales dijeron haber recibido en las sedes de sus obras sociales circulares de la APE en las que se les comunica que «un problema en el área de informática» obligó a suspender los reintegros por tratamientos médicos. Lo llamativo del caso es que Asorey, casado con una hijastra de Moyano, era el jefe de esa área en la APE hasta la semana pasada. Sola, por su parte, fue gerente durante varios años y estuvo en los hechos al frente de la APE por ausencia del titular.
La purga coincide con el agravamiento en el conflicto entre el Gobierno y Moyano. Pero también, con la difusión de un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN), que dirige el radical Leandro Despouy, con severos cuestionamientos respecto de la distribución de fondos por parte de la APE.
Desde la semana pasada, el organismo pasó de ser un ente autárquico a depender de la gerencia general de la SSS, es decir, de Korenfeld. La intervención representó un golpe no sólo contra Moyano -que se completó con los desplazamientos de Asorey y Sola- sino también para el ministro de Salud, Juan Manzur, que mantiene al frente del organismo a un hombre de su confianza, Manuel Alves. La mala coexistencia de líneas enfrentadas -Alves, los hombres de Moyano y Donato Spaccavento, médico de confianza de los Kirchner- pesó también a la hora de resolver el cambio estructural.
En el almuerzo de ayer el camionero y sus colaboradores intercambiaron penurias respecto de sus obras sociales. Dieron por hecho que el corte en los recursos es un intento de la Casa Rosada por disciplinar a los sindicalistas y convencerlos de apoyar al metalúrgico Antonio Caló en la pelea por la sucesión en la CGT.
Pero Moyano resolvió diferir la adopción de medidas de fuerza para más adelante. Los posibles escenarios para esa convocatoria serán el martes próximo, durante la reunión del Consejo Directivo de la central obrera, y el jueves, cuando en el Salón Felipe Vallese de la CGT se conmemorarán los 30 años del paro convocado por Saúl Ubaldini en contra del Gobierno militar.
Fuente: Ambito.com

Nuevo estudio revela importantes costos de sistemas de salud asociados con la enfermedad meningocócica.-

Los investigadores descubrieron significativas tasas de incidencia y muerte en el primer análisis de las repercusiones de la enfermedad en América Latina. 

Investigadores de América Latina y líderes mundiales de la salud revelaron hoy resultados preliminares del primer estudio que estima la carga y los costos de la enfermedad meningocóccica en la región. El estudio reveló la necesidad de mejorar la vigilancia y tener una mejor comprensión de la epidemiología de la meningitis para ayudar a diseñar programas de vacunación de meningitis.
La nueva investigación fue coordinada por el Instituto de Vacunas Sabin, en colaboración con la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS), el Centro de Vacunación Internacional de Acceso de la Universidad Johns Hopkins (JHU IVAC) y los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC).
El Dr. Ciro de Quadros, vicepresidente ejecutivo del Instituto de Vacunas Sabin, en Washington, DC, dijo, “claramente, la meningitis es un problema de salud real y una carga económica en América Latina. Demasiados niños quedan debilitados o mueren a causa de esta grave enfermedad, sin embargo, se puede prevenir con vacunas. Esta investigación nueva demuestra que necesitamos mejorar nuestras estrategias de lucha contra la enfermedad meningocóccica.”
El Dr. de Quadros habló al concluir el primer Simposio Regional Sobre el Meningococo, convocada por el Instituto de Vacunas Sabin y la OPS, Oficina Regional de la OMS. El simposio, que tuvo lugar 19 de marzo y 20 en Buenos Aires, reunió a más de 150 investigadores, expertos en vacunas, economistas y otros, para evaluar la magnitud y el costo de la enfermedad meningocóccica y los obstáculos que dificultan su prevención mediante la vacunación.
“Pocas enfermedades tienen tanto poder para causar pánico en la población como la enfermedad meningocóccica, dijo el Dr. Marco Aurelio Safadi, Jefe de la División de Enfermedades Infecciosas de Pediatría del Hospital Sao Luiz en Sao Paulo, Brasil. “Esto es principalmente debido a su naturaleza potencialmente epidémica. El inicio rápido y las altas tasas de letalidad (10 a 20 por ciento) y de morbilidad aumentan su impacto sanitario y económico. Nuestro estudio dice que hasta un 20 por ciento de los sobrevivientes de la enfermedad meningocóccica desarrollan incapacidades permanentes como sordera, déficit neurológico o amputación de miembros. Esto se suma a las consecuencias económicas a largo plazo de un brote”.
La nueva investigación sugiere que los costos sanitarios asociados a las enfermedades meningocóccicas son aproximadamente entre $ 4.000 (USD) y $6,500 por paciente y los costos de control de los brotes han alcanzado más de $ 3 millones (USD) en algunas regiones.
“El impacto económico puede variar ampliamente entre los países de la región”, explicó la Dra  Dagna Constenla del Centro Internacional de Acceso a Vacunas de la Escuela Bloomberg de Salud Publica de la Universidad Johns Hopkins. “Sin embargo, lo que se desprende de nuestra investigación es que la enfermedad meningocóccica tiene costos significativos para la sociedad y los gobiernos.”
Por ejemplo, una comunidad de la Florida informó que con siete casos confirmados de meningococo y con la vacunación de 13.000 personas gastaron $ 370,000 (USD) en la intervención y los costos de gestión, o $ 53.000 (USD) por cada caso. En Brasil, una comunidad tuvo un brote de meningitis que causo nueve casos y gastaron más de $ 143.000 (USD) en la investigación y la gestión del brote solo.
Pero las cifras son mucho mayores en brotes grandes. En 2007, Burkina Faso tuvo 25.000 casos de enfermedad meningocóccica y 1.700 muertes relacionadas, lo que resultó en costos directos de US $ 3,5 millones (USD), o un 5 por ciento de sus gastos anuales en salud. Los costos de brotes recientes en Oklahoma, Ohio, Brasil, Noruega y Alemania son en gran parte desconocidos, según el estudio.
Mejores tasas de incidencia de la enfermedad meningocóccica se registraron en los países con sistemas bien establecidos de vigilancia de enfermedades, incluyendo Argentina, Brasil, Chile y Uruguay, pero bajas tasas de incidencia son reportadas consistentemente en los países Andinos, México, América Central y el Caribe.
“Dado que no tenemos una visión clara de la carga de la enfermedad en América, así como la falta de información sobre los serogrupos circulantes, requerimos fortalecer más la vigilancia epidemiológica de esta enfermedad, y con base en esta información, generar los estudios epidemiológicos, de costo-efectividad y de costo-oportunidad que son necesarios para la toma de decisiones basada en evidencias en nuestra región”, explicó el doctor Cuauhtémoc Ruiz Matus, Coordinador de Inmunización Integral de la Familia en la OPS/OMS.
Ruiz Matus señaló que las Américas “es el continente líder en el mundo en introducción de nuevas vacunas” y que en la mayoría de los Estados son “un bien público”.
La meningitis meningocóccica, que afecta a las membranas del cerebro y la médula espinal, es una enfermedad debilitante y potencialmente mortal que afecta mas gravemente a niños, adolescentes y personas que viven en condiciones de hacinamiento. En las Américas, es más común en niños menores de 5 años de edad. Si bien la incidencia de la enfermedad meningocóccica varía ampliamente entre países y por tiempos, en los últimos años, tasas de mortalidad de alrededor del 15 al 20 por ciento han sido reportados en varios países de América Latina y el Caribe, señaló el estudio.
La OMS estima que 500.000 casos y 50.000 muertes de la enfermedad meningocóccica se producen anualmente en todo el mundo. El nuevo estudio llegó a la conclusión de que más y mejor información es necesaria para ayudar a controlar los brotes.
Más información también es necesaria para elaborar los programas de vacunación, según el estudio: “La consideración de estrategias de vacunación para el control de la enfermedad meningocóccica sólo puede hacerse con una suficiente comprensión de la cambiante epidemiología de la enfermedad meningocóccica”.
En la actualidad, los únicos países con los programas de inmunización rutinaria para la enfermedad meningocóccica son Cuba y Brasil, aunque otros países están estudiando las opciones.
La reunión de dos días donde se presentó el estudio comprendió sesiones a cargo de expertos mundiales destacados sobre la epidemiología de la enfermedad meningocóccica, su presentación clínica y el tratamiento de la enfermedad, análisis de costos, la inmunidad y las vacunas meningocóccicas, y nuevas estrategias para prevenir la enfermedad de la meningitis B.
El Instituto de Vacunas Sabin es una organización sin fines de lucro que reúne científicos, investigadores y promotores de la salud que se dedican a reducir el sufrimiento humano innecesario producido por enfermedades infecciosas tropicales y desatendidas a través de la prevención y el tratamiento. Sabin trabaja con gobiernos, instituciones académicas, científicos, profesionales médicos y otras organizaciones sin fines de lucro para proporcionar soluciones a corto y largo plazo para algunos de los retos más difíciles que enfrenta el planeta en el cuidado de la salud. Desde 1993, año en que fue fundado en honor a quien desarrollara la vacuna oral contra la poliomielitis, el Dr. Albert B. Sabin, el Instituto ha estado a la vanguardia en los esfuerzos mundiales emprendidos para eliminar, prevenir y curar las enfermedades tropicales infecciosas y desatendidas, desarrollando nuevas vacunas, estableciendo redes internacionales, y abogando por la entrega eficaz y eficiente de métodos de prevención y tratamientos para los pobres del mundowww.sabin.org
La Organización Panamericana de la Salud (OPS) es un organismo internacional de salud pública con más de 100 años de experiencia dedicados a mejorar los estándares de vida y salud de los países de las Américas. Se trata de la organización especializada en salud dentro del Sistema Interamericano. También oficia como Oficina Regional para las Américas de la Organización Mundial de la Salud y goza de reconocimiento internacional como parte del sistema de las Naciones Unidas. www.paho.org
Para obtener más información o para hablar con los investigadores del estudio, por favor póngase en contacto con:
Johanna Harvey, Oficial de Comunicaciones, Instituto de Vacunas Sabin,Johanna.Harvey@Sabin.org, Tel.: +1 (202) 621-1691 Móvil: +1 (336) 202 0324
Daniel Epstein, Consultor de Comunicaciones, Instituto de Vacunas Sabin,epsteindb@msn.com, Tel.: +1 (301) 219-2105
Sebastián Oliel, Oficial de Información, Organización Panamericana de la Salud, Buenos Aires, olielseb@arg.ops-oms.org, (54 11) 4319-4244 
Para detalles de la reunión, visite www.mening2012.org, para aprender más sobre el Instituto de Vacunas Sabin, visite http://www.sabin.org, para aprender más acerca de la OPS, visite www.paho.org



Importantes consecuencias derivadas de la auditoria médica en la prestación de salud.-


I. INTRODUCCIÓN
El presente trabajo, se propone reflexionar acerca de un reciente fallo emitido por la Cámara Nacional de Apelaciones, Sala E (1) por conducto del cual, se condenó a la obra social, al centro asistencial y a la médica auditora de ésta última, a la reparación de los daños ocasionados a una beneficiaria, por la denegación de un estudio que impidió la detección precoz de una enfermedad terminal, la que a la postre produjo su fallecimiento. Es dable destacar, que la víctima, falleció durante el curso del proceso, por lo que fue su hija, como continuadora de los derechos de la que en vida fuera su progenitora, la acreedora de la sentencia de condena.
II. HECHOS
Los hechos que dieron lugar al mentado pronunciamiento, pueden ser sintetizados de la siguiente manera:
La actora concurrió durante el mes de abril del 2002 al ente asistencial demandado, donde le fue detectado una displasia mamaria, razón por la cual, se le indicó un estudio: “mamografía bilateral con prolongación axilar”, el que fue denegado por la médica auditora de la institución sanitaria.
Posteriormente, en el mes de febrero del año siguiente, y habiendo sido examinada por profesionales pertenecientes al Hospital de Clínicas de la ciudad de Buenos Aires, se ordenó la realización del estudio denegado, que junto a otros, dieron como resultado un diagnóstico de carcinoma de mama.
Pese a los tratamientos dispensados de cara a la recuperación de la enfermedad detectada, la actora falleció el 20 de abril del 2006.
III. OBJETIVOS
La sentencia de condena, mediante el lúcido voto del Dr. Racimo, produce una dedicada argumentación en torno a la responsabilidad de las codemandadas, sobre la base de repudiar la carencia de fundamentos científicos del lacónico informe de la médica auditora.Si bien el fallo se asienta en la ya afianzada doctrina que responsabiliza a las obras sociales o a los centros asistenciales por los hechos ilícitos cometidos por sus auxiliares o terceros en ocasión de la ejecución de la prestación asistencial (2), nuestra reflexión se dirige a destacar del fallo, la responsabilidad atribuida al médico auditor con motivo del desempeño de su actividad de control en la autorización de prácticas médicas.
IV. CONSIDERACIONES RESPECTO AL ESTADO ACTUAL DE LA PRESTACIÓN MÉDICO – ASISTENCIAL
Previo a todo, resulta conveniente destacar algunos aspectos tocantes al acceso a las prestaciones médicas, extraídos de la experiencia vital y del amplio espectro del actual modelo sanitario en nuestro país (3).
En primer lugar, la masificación del acto médico ha transformado la naturaleza de la prestación médica, de forma tal que ha pasado a ser de “intuitue personae” a una prestación netamente fungible, a cobijo del convencimiento de que la misma puede ser ejecutada en forma indistinta por los profesionales que integran el elenco de efectores.
Se ha evidenciado de antaño que la característica de la prestación en materia de responsabilidad contractual indirecta, es esencialmente fungible. “Se trata generalmente de obligaciones fungibles pues desinteresan las cualidades personales del contratante, y por ello el deudor actúa por medio de terceros. Así es de ordinario en nuestro medio y en el mundo entero; la empresa o contratista utilizan técnicas, operarios, ayudante o auxiliares para ejecutar materialmente las obras encomendadas. (4)”
Y lo apuntado, no ha resultado indiferente para el caso de las prestaciones de salud.
Siempre y cuando las necesidades del paciente puedan ser satisfechas por dichos profesionales, la identidad del pago, en principio, no se verá afectada; máxime cuando dichos profesionales se encuentren a la altura de las exigencias de la prestación en cuestión, y satisfagan el interés del paciente de recibir la atención médica adecuada a su patología.A merced de estas prematuras reflexiones, emerge que la responsabilidad por los daños en la ejecución de la prestación medical, ya no sólo anida exclusivamente en el desempeño defectuoso (culpa médica) del profesional a cargo de la ejecución material de la prestación, sino que se proyecta en todos aquellos, que por distintos fundamentos en torno al factor de atribución, responden concurrentemente por la integridad de la prestación debida.
Es por ello que se advierte, que a los fines de satisfacer el interés del paciente emergente de la relación jurídica que lo vincula con su obra social o entidad prepaga, la ejecución de la prestación material ya no solo concierne a la actividad individual del médico, sino que responde a un conjunto de personas afectadas a la satisfacción del plan prestacional.
Pese a que en la responsabilidad médica, aún campea con paso firme la culpa como factor de atribución, en la mayoría de los casos, la ejecución del acto médico involucra a un responsable directo- al menos a nuestro entender – que se organiza en forma empresaria, valiéndose de terceros para cumplir la prestación, y con quien en definitiva el paciente se ha vinculado por conducto de la contratación de un plan médico, o como trabajador, para el caso de las obras sociales.
De las diversas relaciones jurídicas de las que pueda emerger, “el crédito a la prestación médica”- siempre en su polo opuesto- se ubicarán los organizadores del sistema que responderán en forma uniforme frente a la víctima del acontecimiento dañoso.
Esta apreciación, corresponde a la sagaz reflexión de Lorenzetti quien en su obra “La empresa médica” nos enseña: “En los textos jurídicos referidos a nuestro tema se usan los términos “clínicas”, “obras sociales”, “hospital”, “empresa de medicina prepaga” “seguro de salud”, para aludir a modelos prestacionales disímiles. No se advierten segmentos comunes a todos ellos, salvo en lo atinente a la responsabilidad por daños.(…) El factor que permite examinarlos unificadamente es que todos presentan una conjunción de elementos organizativos para la prestación medical (5)”.
A poco de transitar la realidad, emerge que efectivamente la prestación médica, involucra un plan, cuya satisfacción se alcanza por la intermediación de distintas personas, designadas por quien en definitiva ostenta la calidad de deudor de la obligación médico-asistencial, organizado empresarialmente, cualquiera sea su naturaleza jurídica.
V. ALCANCES DE LAS OBLIGACIONES DEL MÉDICO AUDITOR
En un reciente trabajo, intentamos modestamente reflexionar en torno a la actividad de los médicos auditores, en la medida en que su desempeño pudiera afectar o perturbar la integridad del cumplimiento del plan prestacional, ya que si bien aquellos, no ejecutan materialmente la prestación, sus decisiones pueden gravitar en el desenlace final de un episodio dañoso. “Para el caso de los médicos auditores, los mismos se desempeñan dentro de la estructura de la organización de cuidados de la salud, pero no ejecutan la prestación principal que satisface el interés del asociado. Podría concebirse que la obligación de prestación médica se satisfaga, sin que haya intervención de un médico auditor, en la medida en que el usuario agotará su interés mediante la atención que reciba del médico o ente asistencial. Nos parece adecuado enfatizar estas diferencias, ya que frente a un hecho lesivo donde haya mediado una actividad del médico auditor como desencadenante del proceso causal dañoso, habrá que distinguir si su conducta se ciñó a la ejecución del encargo específico de la empresa, o su accionar culposo en el marco de su profesión de médico (6)”.
En el contexto en el que se dispensan las prestaciones médicas, el auditor cumple un rol asignado por su empleador o principal dador de empleo, netamente diferenciado del que puede cumplir un médico o un ente asistencial integrante del elenco de prestadores.En éstos últimos (prestadores), es donde más se aprecia la falta de dependencia con el principal (empresa médica), atento a su autonomía científica, y hasta en la ausencia de una elección directa por parte del empresario dador de salud; sin soslayar que no siempre el interés es compartido con quien le ha encomendado la ejecución de la prestación (7).
Quizás, la labor del médico auditor, cobra mayor relevancia para el derecho de daños, cuando desempeña de “filtro” de las indicaciones prescritas por los médicos, de cara a reducir, o al menos controlar el gasto prestacional.
En el marco de dicha labor, no cabe duda de que sus conocimientos científicos emanados de su calidad de profesional de la medicina, son requeridos; pero en cierta forma, ésta labor se ubica en una permanente tensión de intereses, nacidos de la demanda prestacional del paciente.
Por un lado, se encuentra el interés del médico, quien solicita un determinado estudio, o un conjunto de ellos en el proceso de determinación de un diagnóstico, que como se sabe, es una de las fases más críticas en la labor medical para la detección de una patología.
El médico auditor debe, como un imperativo de conducta genérica, aplicar sus conocimientos para determinar la justificación de la práctica, compatibilizando los intereses de su representada (empleador o locatario) con el reestablecimiento de la salud del paciente.
En el trabajo mencionado, con relación a la actividad del médico auditor, nos permitimos reflexionar a partir de determinadas hipótesis frente a la solicitud de una autorización de una práctica médica.
Cuando la negativa a determinada prestación responde a un criterio de exclusión por no encontrarse la práctica dentro del plan médico, ¿podría pensarse que dicha conducta no comprometería su responsabilidad, por tratarse del esquema prestacional trazado por la empresa médica para dispensar la cobertura contratada?Pero qué ocurre si en un juicio posterior, dicha práctica fuera considerada inserta en el débito prestacional de la obra social o prepaga, ¿respondería el médico auditor por las consecuencias de dicha omisión?
No es un caso menor.
Me permito a guisa de ejemplo, evocar la catataras de acciones de amparo por conducto de las cuales se demandan la coberturas que son denegadas por las obras sociales o medicinas prepagas, a reparo del argumento de que las mismas no se encuentran en el Programa Médico Obligatorio (PMO).
No resulta en balde destacar, que la actualidad de la jurisprudencia, ha considerado al programa sanitario como una guía, a los efectos de establecer pisos mínimos de cobertura para asegurar las prestaciones esenciales a favor de la población beneficiaria (8).
Para el supuesto, nada remoto, de que la omisión por la causal apuntada degenerara en un daño a la salud, ¿podría receptarse la indemnidad del dependiente auditor por haberse ajustado aquel a la indicación del principal respecto a la forma en que debía desempeñarse la tarea encomendada?
Acaso podría sostenerse que la indemnidad buscada sólo podría ser de recibo para el supuesto de que el médico auditor salvaguardara su criterio profesional en ocasión de presentar su dictamen.
Sin embargo, la diaria y horaria solicitud de autorización de prácticas, conduce a la aplicación de procedimientos estandarizados, cuya vertiginosidad impide formular reservas de criterio por parte del médico auditor. En consecuencia, una decisión suya, sin reparo alguno, aunque apegada a la orden impartida, puede repercutir posteriormente en su patrimonio, respondiendo concurrentemente con el principal empresario.
Creo que influye, de cara a calibrar la conducta de los médicos auditores, la dependencia a la que generalmente se encuentran sujetos, en cuanto a la forma en que deben desempeñar su labor en la autorización de las prácticas.Desafortunadamente, resulta diabólico pretender detectar en cada caso, cuándo la decisión del auditor, pudo haber estado influenciada por una “bajada de línea” de su empleador o locatario empresario. Es que lo que puede comenzar con el ejercicio de una facultad legítima de controlar, termina desorbitándose como consecuencia de una decisión empresaria de dudosa legalidad, pergeñada con el solapado designio de limitar el gasto prestacional por conducto de inducir a sus dependientes a sesgados dictámenes.
Un celo excesivo en la tarea, puede promover un criterio médico errado, con el fin de evitar sufragar el costo de una práctica médica, modulando ilícitamente, el consumo prestacional de los usuarios del servicio de salud.
Lo novedoso del fallo, es que se condena al médico auditor, ya que en puridad, también su mal desempeño constituyó una mala praxis medical, toda vez que en su labor de análisis, ejerció la medicina (9). Su opinión, dictamen o consejo cae dentro del ejercicio monopólico de la medicina “que sólo puede ser llevado a cabo por un médico legitimado y que recae sobre el cuerpo humano vivo o muerto y que tiene una finalidad curativa directa o indirecta (10)”.
En definitiva, es un acto médico, cuya reprobabilidad anida en la falta de justificación desde el conocimiento científico, cuyo desenlace, condujo a un defectuoso ejercicio profesional.
Pese a la notoria dependencia técnica en el desempeño de la labor y al objetivo que le pudo haber trazado el principal para su cometido, para algunas voces autorizadas, el ejercicio de la medicina, siempre conlleva, aunque sea en grado de consejo o asesoramiento “independencia del galeno para decidir según su propio juicio, con base en la “lex artis”; no obstante que la relación con el paciente se verifique a través del contrato que lo vincula con la obra social o la clínica o a través del acto administrativo que lo relaciona al plantel del hospital.(…) su vocación por la profesión médica, que implica un “estar al servicio de la humanidad” y el temple moral que debe forjar a partir de los dictados de la ética médica, para que la autonomía técnica se ejerza en consonancia con la autonomía en la decisión moral en casos en que esté en juego el derecho a la vida (a la salud), del paciente y su operatividad médico científica se vea trabada por determinada “estructura administrativa (11)”.
A reparo de lo expuesto, y para el caso del médico auditor, cuando se presente la solicitud de alguna práctica que por directiva impartida de su principal deba rechazar, sólo evitará su responsabilidad del eventual daño de la omisión, cuando acredite haber sentado su criterio adverso a la denegación.
Me permito y atento a la complejidad que conlleva la continua demanda de prestación, que como deber de justicia, se impone modular y reparar en cada caso, la conducta llevada a cabo por el auditor frente a la solicitud en concreto.
Para el supuesto en que la práctica se encuentre fuera del PMO, toda daría a pensar que ningún reclamo podría prosperar contra el médico, por la razón de que su decisión responde a la orden precisa de su principal.
Algo muy similar con lo que se conoce en materia de responsabilidad del funcionario público, quien no responde por la falta de servicio “faute de service”, en la medida en que el daño se encuentre en relación causal adecuada con la función encomendada (12).
Sin embargo, esta tesitura es discutible a la luz de los razonamientos jurisprudenciales que trazan cada vez más un umbral más lejano respecto al contenido de las prestaciones médicas. El sencillo expediente de parte de las empresas de salud de denegar las prácticas que no sean de expreso recibo en el instrumento sanitario, no ha convencido a los magistrados de cara a desactivar el reproche de ilegalidad de la omisión.Pareciera más razonable proclamar la indemnidad del médico para estas contadas excepciones, pero no siempre se escapa, que pese a la evidente dependencia, emerge el clamor de resaltar los compromisos éticos del profesional de la medicina con la población usuaria del servicio de salud, lo que le impediría exonerarse acreditando que su conducta se alineó con exactitud a la orden impartida.
Bajo la égida de la doctrina francesa de la falta de servicio, el daño provendría en forma exclusiva de la irregularidad del servicio implementado por el principal, al restringir en forma antijurídica el contenido de las prestaciones médicas, lo que conduciría no sólo a la ausencia del requisito de acreditar la responsabilidad del médico, sino a su posible indemnidad para el caso de que sí fuera demandado.
Conforme sostuvimos, dicho razonamiento implicaría trastocar el sistema de responsabilidad por hecho ajeno, ya que pese a que se discrepe en torno al carácter directo o indirecto del deber de indemnizar, hay coincidencia en que resulta imprescindible demostrar la existencia de un hecho ilícito de parte del ejecutor material de la prestación.
Sólo la vía legislativa podría alterar las consecuencias de un designio ilícito del principal, de forma tal que libere a la víctima de la carga procesal de acreditar la responsabilidad del dependiente (Recordar lo normado en el art. 1122 del Cód. Civ).
V.CONCLUSIONES DEL FALLO PARA TENER EN CUENTA
Del fallo en comentario, lamentamos la circunstancia de que la médica auditoria haya quedado rebelde, porque de lo contrario, su intervención en el proceso habría aportado interés en conocer la versión de los hechos en el marco del contexto en que fue denegado el estudio.
Si bien la omisión antijurídica a la que alude el fallo, se encuentra lejos de alinearse en las hipótesis estudiadas; la decisión del Tribunal pone en alerta la necesidad de procurar una extrema diligencia en la labor de procesar las autorizaciones de prácticas médicas, solicitadas por los usuarios del servicio de salud.
Si retomamos el fallo en análisis, apreciamos hasta que punto los expertos destacaron la importancia de arribar a un diagnóstico precoz en enfermedades como la que posteriormente se le detectó a la actora, pese a que no se pudo determinar certeramente qué incidencia tuvo la denegación en la chance de curación.Se ha dicho al respecto que “corresponde responsabilizar al médico tratante por la pérdida de la chance de sobrevivir de un paciente que luego de haber sido intervenido quirúrgicamente, falleció como consecuencia de un cuadro séptico, si ha quedado acreditado que a pesar de que el paciente presentó un estado febril pocas horas después de la operación, el demandado omitió solicitar la realización de estudios complementarios e interconsultas a fin de dilucidar el origen de dicho síntoma pues, tal omisión imposibilitó un diagnóstico precoz y un tratamiento adecuado (13).”
Es quizás el momento de mayor cuidado a la hora de calibrar la conducta adoptada, ya que el accionar del médico auditor podría responsabilizar a la empresa a la que pertenece por un equivocado criterio o por un extremado celo en la faena de controlar el consumo prestacional.
Para el caso que nos convoca, la causa desencadenante tuvo raíz en la decisión de la médica auditora demandada, que mediante su dictamen arribó a la conclusión de que el estudio solicitado “no se encontraba justificado según Programa Médico Obligatorio de Emergencia (14)”.
Las pruebas rendidas fueron convincentes de cara a acreditar que el criterio de la demandada carecía de toda base científica, ya que la justificación estaba avalada por la edad de la paciente y por la consagración de la práctica en el mentado PMO.
Las categóricas conclusiones periciales comprometieron directamente la responsabilidad de la médica auditora, enrostrándole una conducta omisiva, cuya ilegalidad fue evidenciada por haberse probado que dicho estudio se encontraba dentro del PMO.
El caso en comentario, contribuye a aportar la novedad de que la faena de procesar las sucesivas autorizaciones tiene aptitud potencial para elevarse como causal generadora de daños, ya que pese a que los peritajes no pudieron asegurar que el desenlace fatal hubiera sido otro, para el supuesto de haberse practicado el estudio en la clínica demandada, la probabilidad fue sabiamente valorada por el Tribunal como una efectiva pérdida de chance, y por ende resarcible.En palabras extraídas del fallo en cuestión, la comprobación de la relación causal entre la omisión culposa del médico auditor y la chance malograda se evidencia como un hallazgo notable a la hora de destacar la motivación del decisorio confirmatorio: “En conclusión, si la patología podía detectarse con alto grado de probabilidad en el mes de julio de 2002 con un simple estudio, si la clínica demandada la denegó por decisión de una médica que no revisó a la enferma y además sin justificación científica y cuyo único sustento -falta de cobertura del plan de S.- se demostró posteriormente como incorrecto, no queda más que concluir que se trató de una omisión relevante toda vez que ha sido el mismo perito quien señaló que sin dudas un diagnóstico precoz favorece al paciente”.
Lo novedoso del fallo, no es la responsabilidad directa que emerge del deber calificado de la empresa médica de garantizar la diligencia de sus subordinados afectados a la ejecución del plan prestacional, sino formar conciencia de que una decisión de carácter “burocrático” puede repercutir en cabeza del médico auditor como autor material de un obrar antijurídico.
La lacónica leyenda fue la causa que impidió la detección de la enfermedad, originada como consecuencia de un criterio médico equivocado, conforme se destaca en la causa en base a las conclusiones periciales.
Como sostiene el fallo, la omisión detectada constituyó la peor de las hipótesis en la que podía manifestarse el daño; probabilidad que no deja margen para la indulgencia, ni para el análisis de circunstancias especiales, las cuales nos atrevimos a reflexionar en párrafos precedentes, con el objeto de esbozar una posible indemnidad del dependiente.
La clara línea del decisorio, se enmarca en una afinación extrema del deber de diligencia, emplazando las consecuencias de responder a cobijo de los señalamientos del art. 902 del Cód.Civ.
En consecuencia y pese a que la actividad del médico auditor pueda asemejarse a un mero control administrativo de las prestaciones médico-asistenciales, dicha labor es concebida materialmente como el ejercicio de un acto médico, por lo que el juzgamiento de su desempeño será a cobijo de los principios aplicables a los casos en que emerja una culpa inexcusable, a la luz de un ejercicio diligente de la profesión de médico como cartabón de conducta.
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(1) “S., I. H. c. Obra Social del Pers. de entidades Deportivas y Civiles y otros s/daños y perjuicios” CNCiv. – Sala E – 16/12/2011. Publicado en Microjuris, MJJ70567
(2) Al respecto, la doctrina aún discrepa en torno a los fundamentos de la responsabilidad contractual indirecta; destacando por un lado a la teoría de la estipulación a favor de terceros (de autoría de Bueres), junto a la denominada Estructura de la relación obligatoria, traída de la doctrina italiana y desarrollada por primera vez en la Argentina por Anteo Ramella. (Posteriormente suavizada por Mosset Iturraspe, célebre contradictor de la teoría del ilustre Bueres). No obstante, ambas coinciden en asignarle responsabilidad al principal por los hechos cometidos por los dependientes afectados al plan prestacional, tornando estéril la posibilidad de acreditar la falta de culpa por parte del comitente en la elección o control; en nuestro caso, la obra social y el centro asistencial.
(3) En el amplio espectro normativo, a nivel nacional, las personas pueden acceder a las prestaciones de salud, contratando a una empresa de medicina prepaga (actualmente regulada por la ley 26.682), según la capacidad contributiva de su salario, accediendo a una obra social regulada por las leyes 23.660, 23.661, o por revistar en el Régimen de la ley 25.865 del Monotributo. Cercado y excluido por la coyuntura, se encuentra también el usuario del hospital público, quien no cotiza en el sistema, careciendo de ingresos para contratar una medicina prepaga.Pese a la diversidad de normativa de aplicación, a todos ellos los ampara el estatuto del consumidor, como una amalgama protectoria diseñada a cobijo del amplio ámbito de aplicación de la ley 24.240.
(4) Companucci de caso, Rubén H. “Responsabilidad Contractual Indirecta” Revista Jurídica Argentina LA LEY. Responsabilidad Civil. Doctrinas Esenciales, Parte General, p. 1457.
(5) Lorenzetti, Ricardo L., “La empresa médica”, Rubinzal Culzoni, Buenos Aires, 2004, p. 34.
(6) Canelo, Carlos J. “Responsabilidad del los Médicos Auditores”. Compendio Jurídico, Nº 58, Errepar, Buenos Aires, 2011.
(7) Como resultado de la experiencia cotidiana, autores como Meza y Boragina, consideran que no cabe duda que dentro de la órbita contractual, el deudor responde por el incumplimiento de toda persona, ya sea jurídica o física que haya voluntariamente incorporado – expresa o virtualmente – para materializar la prestación comprometida, aún cuando no medie dependencia jurídica, en la medida en que dicho tercero haya recibido una autorización para ejecutar el plan prestacional.
(8) “Debe condenarse a la obra social accionada a hacer entrega de los medicamentos que le fueron recetados a un afiliado a fin de tratar una enfermedad progresiva de vista -maculopatía diabética-, aún cuando las drogas no figuren en el listado de cobertura que contempla el Programa Médico Obligatorio dispuesto por la resolución 247/1996 del Ministerio de Salud y Acción Social, pues, la facultad de éste para definir las prestaciones que deben brindar los Agentes del Seguro de Salud no implica que la selección que hace tenga carácter taxativo, ya que debe atenerse al principio básico que apunta a garantizar a todas las personas las prestaciones necesarias para el cuidado integral de su salud”. Cámara de Apelaciones del Trabajo de Bariloche (CTrabBariloche), 02/12/2009 Altamirano, Pedro, Publicado en IMP2010-5-295-AR/JUR/48604/2009.
(9) Ley 17.132, art. 2: “A los efectos de la presente ley se considera ejercicio de la medicina:anunciar, prescribir, indicar o aplicar cualquier procedimiento directo o indirecto de uso en el diagnóstico, pronóstico y/o tratamiento de las enfermedades de las personas o a la recuperación, conservación y preservación de la salud de las mismas; “el asesoramiento público o privado” y las pericias que practiquen los profesionales comprendidos en el art. 13″. El comillado pertenecer al autor.
(10) Garay, Oscar E. Código de Derecho Médico”. Ad Hoc. Buenos Aires, 1999, p. 13.
(11) Idem (10).
(12) “La doctrina sostiene que se configura la responsabilidad del Estado por falta de servicio cuando “el servicio no funcionó, funcionó mal o tardíamente” debiendo valorarse la relación causal entre la mala organización del servicio y el daño infringido, por lo que se debe responder por los daños que sufran los administrados, sin que sea necesario acreditar la culpa del funcionario”. Galdos, Jorge M. “Responsabilidad del Estado por falta devservicio. Pérdida de chances”. La Ley, 1997-D, 796; LLNOA, 1998-359 Responsabilidad Civil Doctrinas Esenciales Tomo IV, 1129.
(13) CNCiv., sala B, 08/09/2009, Devita de Varela c. Estado Nacional, RCyS 2010-VI, 173.
(14) PMOE, son las siglas que corresponden al Programa Médico Obligatorio, a la sazón, de emergencia, atento a que a la fecha en que se desencadenaron los hechos, se encontraba vigente la declaración de la Emergencia Sanitaria (Dto. 483/2002). El mentado programa, es un menú o canasta de prestaciones obligatorias, que como mínimo deben dispensar las obras sociales de la ley 23.660 (Agentes Nacionales del Seguro de Salud), y las entidades de medicina prepaga de la ley 26.682.

* Por Caelos Canelo